Modelo reclamación Banco de España
Dado que es complicado descargarse el modelo de reclamación al banco de españa, os adjunto en pdf la misma para que podáis rellenarla y presentarla, aprovechando la presente entrada para explicar un poco en qué consiste este trámite y qué podemos conseguir con él.
El Banco de España
Tal y como nos indica en su página web, el Banco de España es un organismo público y se encarga de supervisar, junto al Banco Central Europeo el sistema bancario español, encontrándose regulado por la Ley de Autonomía de Banco de España.
Entre alguna de las muchas funciones que se le atribuyen, el Banco de España se encarga de supervisar la solvencia y el cumplimiento de las entidades de crédito de su normativa específica, siendo su composición la de Gobernador, Subgobernador, Comisión Ejecutiva y Consejo de Gobierno (para quien quiera echar un vistazo a los curriculums vitaes y méritos que pinche aquí).
Creo que es importante empezar la entrada con estos datos, y es que como en muchos otros supuestos nos encontramos con un organismo público totalmente politizado, lo que le convierte en muchas ocasiones en un organismo inerte e ineficaz (hemeroteca)sujeto a vaivenes, e intereses ajenos a su objetivo y razón de ser.
¿Quiénes pueden presentar una reclamación ante el Banco de España?
Personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras identificadas, en su condición de usuarios de servicios bancarios, que consideren que:
-La entidad financiera ha realizado una acción u omisión que ha supuesto un perjuicio para sus intereses o derechos incumpliendo la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros.
-La entidad financiera está actuando con demoras, desatenciones o cualquier otro tipo de actuación deficiente.
-Desean solicitar información al Banco de España sobre cuestiones de interés general sobre los derechos de los usuarios de servicios financieros en materia de transparencia y protección de la clientela bancaria.
Antes de realizar la reclamación es necesario dirigirse previamente a la entidad bancaria y o bien presentar la contestación de la entidad, o bien haber transcurrido un mes sin respuesta si eres consumidor, dos meses si no lo eres.
Formas de presentación
Además de electrónicamente se puede presentar de manera presencial, en C/ Alcalá 48, Madrid o en alguna de sus sucursales, o bien por correo. Importante acreditar tanto en el momento de reclamar a la entidad bancaria, como para presentar la queja o reclamación al Banco de españa, que se ha realizado este trámite. Por tanto, siempre hay que llevar dos copias y que nos pongan el sello de entrada en una de ellas, o bien si lo hacemos por correo que se certifique su contenido.
Para saber cuáles son las sucursales, os dejo el enlace aquí.
Para que podáis descargar, rellenar y presentar un modelo que facilita el Banco de España, os lo dejo aquí: MODELO RECLAMACION BANCO ESPAÑA
Resultado de la reclamación
La Orden que regula esta cuestión es la Orden ECC 2502/2012, de 16 de noviembre, y las características son:
1.- Obtención de un informe del Banco de España que nos comunica si la entidad bancaria ha quebrantado las normas de transparencia y protección de los consumidores, lo cual, en algunas ocasiones nos puede servir para negociar con la entidad bancaria o como prueba para aportar a un procedimiento judicial.
2.- No es un informe vinculante, por lo que si el Banco de España considera que se ha incumplido la normativa por parte de la entidad no puede resarcir nuestros derechos, ni obligar a la entidad a nada.
3.- Se señala que si de las actuaciones practicadas se aprecia indicios de incumplimiento o quebrantamiento grave o reiterados de normas de transparencia y protección de la clientela, el Banco de España remitirá los expedientes a los servicios de supervisión (y de esto me abstendré de realizar comentarios).
Si teneís cualquier duda, ya sabéis que me podéis contactar con el formulario de la web o a mi correo electrónico abogada@carlotapoveda.com
*La imagen se ha obtenido de wikipedia.
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