Impuesto en la indemnización de accidente de coche
Una de las preguntas frecuentes en la indemnización de accidente de coche es conocer cuál es el impuesto que vamos a tener que pagar en relación con dicha cuantía.
¿Cuál es el impuesto que vamos a tener que abonar si recibimos una indemnización por un accidente de tráfico?
Es una pregunta muy frecuente por todo aquél que va a recibir una indemnización por un accidente de coche, ¿Tengo que pagar algún impuesto o, se va a devengar alguna cantidad con motivo de recibir la indemnización? ¿Va a imputarse en la declaración de la renta como una ganancia patrimonial?
La respuesta es: No, no hay que pagar impuestos y no tributa por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, en principio. La respuesta se encuentra en el artículo 7 de la ley del IRPF, señalando la propia Agencia Española Tributaria que están exentas:
- Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en cuantía legal o judicialmente reconocida.
- Entre otras tienen la consideración de indemnizaciones en la cuantía legalmente reconocida las indemnizaciones pagadas por accidentes ocasionados hasta el 31 de diciembre de 2015, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobada por Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre 204, en tanto sean abonadas por una entidad aseguradora como consecuencia de la responsabilidad civil del asegurado, para accidentes ocasionados a partir del 1 de enero de 2016 se aplicará el sistema de valoración que recoge el nuevo título IV y el nuevo anexo que ha sustituido al anterior del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, ambos introducidos por el artículo único de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidente de circulación.
- Las indemnizaciones por daños personales derivadas de contratos de seguro de accidentes, salvo aquéllos cuyas primas hubieran podido reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible de los rendimientos de actividades profesionales por aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.2.1ª de la Ley del Impuesto.
- La exención alcanza hasta la cuantía que resulte de aplicar, al daño sufrido, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, incorporado como anexo en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
Es decir, no se pagarán impuestos siempre y cuando la indemnización que percibamos por parte de la compañía aseguradora no sea superior a lo que marca el baremo.
¿Por qué están exentas estas indemnizaciones?
Se entiende que las indemnizaciones son consecuencia de una pérdida sufrida, y que por tanto no suponen una ganancia patrimonial.
Ahora bien, la Dirección General de Tributos, distingue las indemnizaciones por daños personales, materiales, y los tipos de intereses que puede generar la indemnización. Dejaremos para otra ocasión el análisis de otros supuestos distintos al aquí estudiado, que es el de la indemnización por daños corporales.
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*La imágen ha sido obtenida de freepik.
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